jueves, 30 de noviembre de 2017

Preparacion para la expoliación> Violación Constitucional





                                                                                                   
Con fecha 17 de mayo del 2008 le fue entregado en sus propias manos a Licia Olano Jefa de Cuadros y Capacitación de la Fiscalía Provincial de la Habana el RECURSO contra la medida disciplinaria 04/08 de igual fecha.  De esta forma y manera consta su firma, no lo ha podido negar.(consta prueba documental  medio de prueba 1). Que al pinchar desde el local que ocupa la fiscalía municipal y hacia mi teléfono privado, lanzado improperios raciales todos muy ofensivos contra mi y mentando a la parte materna con muchísima ira; la Sra. Sara Suárez Roberto la jefa de la Fiscalia Municipal de Centro Habana estaba conciente del acto ilegal que perpetraba, nunca le fue entregado el número de teléfono privado a la jefa Suárez Roberto, (en el año 2010 fue que se autorizo en la guia residencial). Todos los improperios fueron raciales y concientes. Este RECURSO NUNCA se ha entregado al Fiscal General de la República de Cuba. Como única autoridad facultada por la ley 83 de la Fiscalía para resolver mediante resolución la medida disciplinaria. Ha sido totalmente planificada y ejecutada la omisión del RECURSO ante la autoridad facultada por la Ley para dirimir el conflicto.  Señalo que por primera vez se me dio el tratamiento de expulsión por la propia jefa Sra. Suárez Roberto, y desde la fiscalía Provincial de la Habana la jefa Yamila Peña Ojeda creaba y argumentaba desde el propio consejo de dirección un montaje artificial (se argumenta en el tercero de los Hechos) con su decisión 07/08, es por este motivo que se vio obligada a efectuar la llamada telefónica y violar mi privacidad la Sra. Sara Suárez Roberto esta jefa no es afrodescendiente.  

                                                           Tercero de los Hechos.

La decisión No 7/08 de Yamila Peña Ojeda fiscal Jefa Provincial de la Habana, no se comprendería la postura irracional y insultante de Sra. Sara Suárez Roberto si no hubiese tenido a la vista la decisión No 7/08. Es necesario esclarecer que, en fecha 22 de abril del 2010 fallece el jefe de la fiscalia municipal, el que fue sometido a un acoso abusivo y vertiginoso a pesar de haberle expresado a la máxima autoridad de su enfermedad. Una semana antes llega a la fiscalia tan solo para verme, así me lo expreso diciéndome ¡has buen uso de eso!, y me entrega el expediente de esta decisión y que en momentos del primero de los hechos narrados aquí, tanto preocupara a la otrora jefa Suárez Roberto. Yo, No tenía ni el más mínimo conocimiento de su existencia. De inmediato leído todo el expediente y sobre todo la decisión No 7/08 la que tuve a la vista en su versión original; fue CREADA TOTALMENTE ARTIFICIAL, fuera de lugar y tiempo esta decisión. Cuando nada podía hacer ya por el tiempo trascurrido el oficial William de la contrainteligencia del Ministerio del Interior; La propia jefa Provincial Yamila Peña Ojeda, introduce agrega y fabrica elementos artificiales de corrupción. Buscado y traído a su presencia por el fiscal Eliécer. En la fecha 11 de noviembre 2007 Ricardo Chaguaceda Suárez amigo del fiscal antes citado encaja elementos de corrupción a su supuesta reclamación la que llega inicialmente a la fiscalia provincial en la fecha 4 de junio del 2007; y es entregada directamente a la jefa Yamila Peña Ojeda, aviesamente se agrega mi nombre en la fecha 11 de noviembre del 2007. ni fiscal Eliécer ni Ricardo Chaguaceda son afrodescendientes. A partir de la Decisión No 7/08 de Yamila Peña Ojeda se ofreció al conocimiento público una conveniente versión de corrupción del caso; partiendo de falsas argumentaciones iniciadas por la Decisión No 7/08. Las pruebas documentales desmienten a la Sra. Jefa Yamila Peña Ojeda y evidencian la única forma y método de trabajo que presenta la jefa Peña Ojeda de la institución fiscalia de la Republica de Cuba. Ante las irrefutables verdades que presento.
(Medio de prueba 2 evidencian el método artificial montado para mi caso.)
Es necesario útil y conveniente señalar lo que sigue:
En febrero del 2008 paralelamente a mi entrada nuevamente en la fiscalía; fue entregada en la institución municipal una denuncia muy bien defendida por el máximo jefe de la Policía Nacional Revolucionaría y su Departamento Técnico de Investigaciones de la 3ra Unidad de Centro Habana contra un ciudadano apodado el Ruso administrador de una de las unidades de comercio y gastronomía del territorio muy prospera en el servicio que generaba grandes ganancias. Esta Denuncia contra el apodado Ruso levanto los cimientos de la fiscalía provincial; el Ruso al ser detenido y interrogado se defendió y instauro la reconvención denunciando a fiscales que estaban recibiendo dadivas entregadas por el. Uno de los nombrados, estaba en primera línea el fiscal Eliécer. La propia jefa provincial Yamila peña Ojeda tomo el caso obligada por la relevancia del mismo y confirmo lo dicho por el Ruso. En mi caso me dieron el tratamiento de expulsión, además sin salario y con el estigma de corrupto, igualmente de incluirme indiscutiblemente para su continuación y seguimiento de mi persona como elemento perjudicial a los intereses de la institución, entregándome a las acciones inhumanas del
 Oficial William de la contrainteligencia del Ministerio del Interior. No obstante de ser sometido a actos de humillación y degradantes injustamente; se me ha dado el trato injusto e cruel de expulsión; frente a propio Eliécer y otros fiscales no afrodescendientes que fueron denunciados por el Ruso y nunca ha sufrido en carne propia una triple reprensión de este tipo.




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